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Fuente: MTSS · Ley 12.590 · estimación no oficial

Calculá los días de licencia en Uruguay

Ingresás tu sueldo, los meses trabajados y tu antigüedad y ves los días de licencia que generaste y su valor nominal. Estimativo y no oficial. La licencia y el salario vacacional son cosas distintas.

Calculá tu licencia

Se recalcula solo a medida que completás los datos.

Tu sueldo bruto mensual, antes de descuentos.

Meses computados en el año civil (1 a 12). Un año completo genera 20 días.

Años completos. Suma 1 día al cumplir 5 años y 1 día más cada 4 años.

Si ya tomaste días de esta licencia, ingresálos para ver los pendientes.

Completá tus datos para estimar la licencia.

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¿Cómo funciona?

  1. 1

    Ingresás tu sueldo nominal mensual y los meses trabajados en el año.

  2. 2

    Indicás tu antigüedad para sumar los días complementarios.

  3. 3

    Ves los días generados y el valor nominal de tu licencia.

¿Qué calcula?

Transparencia

Resultado estimativo y no oficial. Es el mínimo legal de la Ley 12.590 (20 días/año proporcional + antigüedad); convenios colectivos o regímenes especiales pueden mejorarlo. El cálculo es para trabajadores mensuales (valor del día = sueldo/30); jornaleros y destajistas se valoran sobre el jornal efectivo. El valor mostrado es nominal (bruto), no líquido.

La licencia (el descanso remunerado) y el salario vacacional son partidas distintas. Calculá el salario vacacional

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de licencia me corresponden?

La licencia anual es de 20 días por año trabajado (Ley 12.590), lo que equivale a 1,66 días por mes; es proporcional si trabajaste menos de un año en el año civil. A eso se suman los días por antigüedad.

¿Cómo funcionan los días adicionales por antigüedad?

Al cumplir 5 años en la misma empresa se genera 1 día adicional, y después 1 día más cada 4 años de antigüedad (por ejemplo: 5 años → 1 día, 9 años → 2 días, 13 años → 3 días).

¿La licencia es lo mismo que el salario vacacional?

No, son cosas distintas. La licencia es el descanso remunerado: los días que generás y su valor, que se cobra como el sueldo habitual. El salario vacacional es una partida aparte (la 'suma para el mejor goce', el 100 % del jornal líquido). Para eso tenemos otra herramienta: /herramientas/salario-vacacional.

¿El valor que muestra es lo que cobro en la mano?

Es el valor nominal (bruto) de los días de licencia: durante la licencia se cobra el sueldo con sus aportes e IRPF habituales, así que el líquido es menor. No incluye el salario vacacional, que se paga aparte.

¿Sirve para jornaleros o destajistas?

Esta versión es para trabajadores mensuales, donde el valor del día es el sueldo dividido 30 (Ley 12.590, Art. 10). Jornaleros y destajistas se valoran sobre el jornal efectivo, por lo que el resultado puede diferir.

¿Cuándo se goza la licencia?

La licencia se genera durante el año civil y se goza dentro del año siguiente. Puede fraccionarse según lo que habilite la normativa o el convenio aplicable.

¿Puedo tener más días que el mínimo?

Sí. Los 20 días son el mínimo legal: los convenios colectivos o regímenes especiales pueden establecer más días. Este cálculo muestra el mínimo de la Ley 12.590.

¿Es gratis y necesito registrarme?

Es totalmente gratis y no pedimos registro. El cálculo se hace sin guardar lo que ingresás.

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